¿Es una falta grave el incumplimiento de la asistencia familiar? Sí. Es una obligación legal de interés social para garantizar la alimentación, salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta de los beneficiarios —según el parágrafo I del Art. 109 del Código de las Familias— los cuales están taxativamente señalados por el Art. 112 del mismo Código.
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