Ni el Estado tiene la exclusividad para administrar nuestras jubilaciones ni existe prohibición alguna para que una AFP siga administrando los fondos de jubilación, porque ambas no responden a un mandato constitucional. Lo correcto sería que los trabajadores puedan escoger libremente si desean que sus fondos de jubilación sean administrados por una AFP privada o por la Gestora Pública.
Nota del Editor: Este artículo da una argumentación informada sobre el traspaso de los fondos de las AFPs a la Gestora. El amigo Gustavo Blacutt no es parte de Una Nueva Oportunidad. UNO no está alineada a la línea editorial de este artículo. Se lo incluye aquí con un espíritu pluralista.
