La Declaración Universal de los derechos Humanos fue objeto de desarrollo posterior [a 1948], dando lugar al surgimiento de pactos y otros instrumentos internacionales. Lamentablemente, la situación de los derechos humanos en el mundo se ha tornado precaria y en muchos casos las grandes potencias, como Estados Unidos, se han negado a suscribir documentos internacionales, cuya aplicación afectaría a ciudadanos norteamericanos que han cometido barbaridades en muchos lugares del mundo (...)
De la Torre Rangel dice respecto a esta tradición iberoamericana de derechos humanos que, sin negar la libertad y la propiedad como derechos de las personas, la tradición iberoamericana de derechos humanos se funda en la dignidad y necesidades básicas de los pueblos y las personas, reivindica la vida digna de todos como el derecho fundamental y tiene como criterio hermenéutico clave hacer justicia aquí y ahora a quienes sufren injusticia.
