¿Otra equivocación? (Carlos Derpic, Los Tiempos, 5.7.23)

Como parte del sainete anual para el incremento salarial, el presidente Arce prometió enviar al Legislativo un proyecto de ley que establezca la jubilación obligatoria a los 65 años. Tal vez recordando épocas en que trabajó en el Banco Central neoliberal y emulando a un expresidente que quiso suprimir el Bonosol, Arce dijo: “Se ha establecido un límite máximo de acuerdo a la Ley General del Trabajo, un tope de 65 años que el trabajador tiene que tener para trabajar y por encima de esos 65 años nosotros consideramos que ya no tiene un aporte al sector que corresponde y debería jubilarse”.

https://www.lostiempos.com/actualidad/opinion/20230705/columna/otra-equivocacion

La impotencia luminosa, el cierre de Página Siete (Guillermo Mariaca, Brújula Digital, 2.7.23)

[Ante el cierre de Página Siete] Cómo no va a doler esta decisión. Cómo no le va a doler a la democracia. Cómo no le va a doler profundamente al pensamiento crítico. Cómo no le va a doler, como herida abierta en el ajayu político, al ciudadano común. Qué desgracia para la libertad, para la poca libertad que nos queda. Y qué alegría para la autocracia. Cómo va a respirar con un alivio inmenso.

https://brujuladigital.net/politica/opinion-la-impotencia-luminosa-el-cierre-de-pagina-siete

Señales (Gisela Derpic, Los Tiempos, 1.7.23)

[el proceso de cambio masista es congruente con] ... la corrupción y el crimen organizado, lo más pluri del pluri Estado, congruente con el contexto de tierra de nadie en el país, centro de negocios, diversiones y descanso de prontuariados internacionalmente, donde los dueños del poder intercambian acusaciones por hechos de corrupción, sin mayores consecuencias porque todos están en la misma olla. Incongruente con las leyes anticorrupción completamente ineficaces. 

https://www.lostiempos.com/actualidad/opinion/20230702/columna/senales

El presidencialismo y sus secuaces (Gonzalo Rojas, Los Tiempos, 1.7.23)

Según la Constitución vigente, en su Art. 158. 18 que en su parte medular estipula: “…acordar por dos tercios de los miembros de la Asamblea. La interpelación podrá ser promovida por cualquiera de las cámaras. La censura implicará la destitución de la ministra o ministro.” Ocurrida la votación de mayoría calificada, con dicho texto, indudablemente obligatorio, para el presidente quien es el que nombra los ministros éste debe destituir al censurado y nombrar otro.

https://www.lostiempos.com/actualidad/opinion/20230630/columna/presidencialismo-sus-secuaces