Elecciones y Cuidado de la Vida: Un Doble Desafío (UNO 22.5.20)

La unilateral promulgación de la Ley 1297 por la Asamblea Legislativa, que establece un plazo perentorio de 90 días para la realización de las elecciones generales a partir del 3 de mayo pasado,  ha generado un conflicto de poderes entre el Legislativo y el Ejecutivo que nuevamente amenaza la autonomía del Órgano Electoral; todo ello en un contexto de empeoramiento de la crisis sanitaria provocada por la pandemia que el gobierno de Añez no ha sabido contener. Coincidentemente, se observa un conjunto de manifestaciones de malestar social y desacato civil, agravadas por hechos de corrupción estatal, que están siendo política y electoralmente instrumentalizados por operadores del anterior régimen de Morales.

En esta situación es prioritario precautelar los derechos fundamentales a la vida y la salud de los bolivianos (Arts.15,I; 18,I-III CPE), sin negar el ejercicio de los derechos políticos constitucionalmente reconocidos como el del sufragio (Art. 26, II, 2 CPE).

La complejidad del momento, en el que confluyen factores de riesgo político, social y económico que comprometen la vida y la salud, unidos al carácter provisional del gobierno en ejercicio, demanda un gobierno que goce de la legitimidad del voto ciudadano. Sin embargo, la rigidez de los plazos establecidos por la ley 1297 ignora la gravedad de la crisis sanitaria y la incertidumbre a corto y mediano plazo que genera la pandemia en el país.

Constatando así que el Órgano Legislativo ha invadido atribuciones del Órgano Electoral, consideramos indispensable que el Tribunal Supremo Electoral:

      • Retome la iniciativa propositiva y la conducción autónoma del proceso electoral, que por mandato constitucional le corresponden, al margen de toda injerencia político partidaria.
      • Realice los ajustes correspondientes al conjunto de actividades y tareas suspendidas y pendientes de ejecución según un nuevo Calendario Electoral.
      • Tome en cuenta para ello las recomendaciones de los cuerpos colegiados de epidemiólogos nacionales y los “protocolos para la realización de elecciones en el contexto de una crisis sanitaria” recientemente delineados por el Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL), programa especializado del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH).

Por otro lado, instamos al gobierno provisional a sancionar todo hecho de corrupción y deselectoralizar su gestión de la crisis sanitaria, encarando una comunicación pertinente y oportuna, veraz y transparente sobre la evolución, medidas y limitaciones objetivas que enfrenta en la lucha contra la pandemia, a fin de no generar falsas expectativas pero asumiendo plenamente su responsabilidad institucional de cuidar la salud de la población.

Convocamos asimismo a los actores políticos democráticos, y otras instancias de poder político e institucional, a encarar un difícil proceso de concertación nacional a fin de acordar medidas consensuadas que contemplen la complejidad de la lucha contra la pandemia pero  garanticen  la realización de las elecciones a la brevedad posible.

Consideramos prioritaria la generación de condiciones mínimas para la concertación y la gobernabilidad del proceso de transición política en Bolivia. Dicho proceso no concluirá satisfactoriamente con la constitución de un nuevo gobierno electo en las urnas sino que dependerá de la capacidad de todos los y las bolivianas para establecer acuerdos de largo alcance que consoliden el Estado democrático de Derecho, garanticen la vigencia de los derechos humanos y de la naturaleza, y permitan responder a los enormes desafíos que la coyuntura local y global plantea desde ahora a nuestra frágil sociedad nacional.

La Paz, 21 de mayo de 2020.

Carlos Alborta

Miguel A. Arteaga

Erika Brockman

Edgar Cadima

Hernando Calla

Carlos Derpic

Jaime Fernandez

Gonzalo Flores

Loyola Guzman

Jorge Luis Rios

Gonzalo Rojas

Enrique Velasco

Pablo Zavaleta

Juan Carlos Zuleta

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